¿Quienes pueden acogerse al programa FASE?
¿Quienes pueden acogerse al programa FASE?
El programa FASE (Fondo de Asistencia
Solidaria al Empleado) tiene dos modalidades; FASE 1 y FASE 2. A
continuación, decimos quienes pueden aplicar según el Decreto 143-20 de la
República Dominicana del 02 de abril del 2020.
Podrán aplicar a FASE 1 todas
aquellas empresas que se vean en la obligación de suspender trabajadores por
las medidas de distanciamiento social con base en las disposiciones vigentes del
Código de Trabajo y se encuentren al día en sus obligaciones de pago con la
Tesorería de la Seguridad Social (TSS) para el período de febrero 2020.
No podrán aplicar al FASE 1 las empresas de los
siguientes sectores:
1.
Supermercados, colmados, farmacias y cualquier
establecimiento comercial dedicado al expendio de alimentos crudos,
medicamentos y productos de higiene.
2.
Empresas de logística, distribución y transporte
de materias primas y productos terminados para industria, agroindustria y
alimentos.
3.
Empresas de agricultura, ganadería y pesca.
4.
Industrias de alimentos.
5.
Empresas de seguridad privada.
6.
Explotación de minas y canteras.
7.
Almacenes de expendio de distribución de
alimentos, productos farmacéuticos y agroindustriales.
8.
Sector financiero, administradoras de fondo de
pensiones, administradoras de riesgos laborales y sector seguros.
9.
Multimedios.
10. Generadores
de energía.
11. Sector
salud.
12. Universidades .
13. Telecomunicaciones.
14. Organizaciones
sin fines de lucro que ya reciben transferencias del Gobierno Central.
Podrán aplicar a FASE 2 las
empresas que continúen operando y mantengan su planilla de empleados vigente
sin cambios, específicamente aquellas que son manufactureras y las micro,
pequeñas y medianas empresas (MIPYMES). Para acceder al apoyo del FASE 2, los
empleadores no pueden suspender a ningún trabajador durante el mes respectivo.
Si suspende al menos un trabajador se elimina automáticamente la subvención del
FASE 2.
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Bibliografía:

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